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Acuerdo Institucional de Convivencia 

Las presentes normas de convivencia se aplican en el Instituto María Madre Nuestra y su observancia compete –en forma personal, solidaria, razonada y respetable- a todos los miembros de la comunidad educativa: Directivos, docentes, y personal auxiliar del Establecimiento, alumnos y familiares de los estudiantes, así como a todas aquellas personas que tengan o puedan tener alguna vinculación con esta Institución Educativa.

 

Marco Legal

Para la construcción y confección de este AIC se tuvo en cuenta, el marco conceptual y normativo proporcionado por las siguientes leyes nacionales y provinciales:

- Ley de Educación Nacional Nº 26.606/06.

- Ley de Educación Provincial Nº 13.688/07.

- Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061/05.

- Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños/as Nº 13.298/05

- Res. 1709/09 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Bs. As.

En lo referente a la finalidad educativa, nuestra institución reconoce como uno de sus principales fines a los mencionados en la Ley de Educación Nacional Nº 26.606/06 Cap. IV Art. 30 donde reconoce que “la Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/as adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios”, reconocidos también en los objetivos y funciones expresadas en el art. 28 de la Ley de Educación Provincial Nº 13.688/07.

La escuela implica el logro de una convivencia armónica, la aceptación del disenso y de las diferencias, buscando la no discriminación del otro diferente así como la aplicación de mecanismos de diálogo y de mediación para la solución de conflictos cotidianos.

 

Marco filosófico-pedagógico

  • Como Escuela católica el Instituto María Madre Nuestra:

    • Sostiene, proclama y vive que Jesucristo es el centro de su proyecto educativo.

    • El fin de su educación es personalizar y humanizar al hombre en sus cuatro dimensiones: biológica, psicológica, espiritual y social.

    • Tiene como misión la evangelización de la cultura.

    • Forma a sus alumnos para que vivan y obren de acuerdo con los valores evangélicos.

    • Confesionalmente está bajo la orientación del Obispado de Zárate Campana.

  • La educación que brinda la Institución es complementaria de la esencial que los adolescentes reciben en el hogar; la profundiza, la enriquece y la revitaliza. En modo alguno la reemplaza, puesto que el hogar –y en él los padres- es el agente educativo natural, permanente e insustituible.

  • La educación es un proceso que tiende al perfeccionamiento de las personas mediante la conversión de sus riquezas potenciales en actos de vida; y educar es enseñar a vivir en forma autónoma y responsable. Tales son los conceptos pedagógicos que presiden el accionar docente de la Institución, en la tarea de acompañar a los padres como primeros e irreemplazables maestros de sus hijos.

 

Objetivos

Este Acuerdo Institucional de Convivencia se propone:

  • Consolidar el estilo de vida interno que define al Instituto como centro de estudios, sujeto a los principios éticos, morales y confesionales de la religión católica, a los de una pedagogía que basa su mayor bondad en el diálogo que comunica positivamente a los protagonistas del proceso de enseñanza – aprendizaje.

  • Establecer las responsabilidades entre los miembros de la comunidad educativa y la insoslayable obligación que cada cual tiene, de asumirlas en plenitud tanto en sentido individual como comunitario. Esto se apoya en una clara definición de roles de adultos y adolescentes, respetando la asimetría y las diferencias en las responsabilidades.

  • Repensar los modos de vinculación intrainstitucionales. 

  • Otorgar sentido a la disciplina.  

  • Reconstruir las claves que permitan descifrar los comportamientos adolescentes, ya que aquellas con las que contábamos hasta hoy, se muestran insuficientes (R1593/02, anexo II). 

  • Favorecer la pertenencia a la institución.  

  • Reconstruir normas de convivencia, explícitas y consensuadas.  

  • Poner límites a los comportamientos inadaptados procurando que aquellos guarden algún tipo de vinculación con la transgresión cometida. 

  • Analizar conjuntamente los conflictos que hoy la atraviesan y las alternativas de resolución.  

  • Buscar consensos que no impliquen abolición de las divergencias.  

  • Promover canales de comunicación explícitos.

  • Incorporar conceptos y estrategias de resolución de conflictos (mediación, negociación, arbitraje).

  • Recabar información sobre iniciativas implementadas en otras instituciones.

  • Reflexionar y actuar sobre la cambiante problemática de la tarea docente.

 

Fundamentos básicos del acuerdo

  • Concepto de convivencia

Convivir significa vivir en compañía de dos o más personas que pertenecen a un mismo grupo primario (todos sus miembros se conocen) o secundario (no necesariamente todos sus miembros se conocen entre sí). La convivencia tiene que ver, sustantivamente, con el hombre en su condición de ser social y con las interrelaciones que se operan entre él y sus semejantes. La convivencia es, pues, el meollo de las relaciones humanas, y no es válida si no es armónica.

La formulación de un Acuerdo Institucional de Convivencia (AIC) sustentado en este nuevo concepto, favorecerá un proceso de convivencia integral que modifique la práctica de los alumnos, no enseñando la simple obediencia, sino a promover en ellos pautas de auto–control, sustentadas en el marco de valores de participación, valoración de diferencias y al servicio de los objetivos específicos institucionales.

Otro elemento a tener en cuenta en este punto, es que los alumnos no se apropian de tales pautas por la mera acción de un acto de enseñanza conceptual sobre valores, dis–valores o anti–valores, sino por ponderación de los comportamientos de los adultos significativos más próximos.

El Instituto afronta el desafío de ser modelo de una comunidad verdaderamente cristiana, que alimente la esperanza en el futuro desde la difícil realidad de nuestros días; que sea fiel a sí misma, a su misión educativa, a su rica historia, con una propuesta definida y representada por adultos que estén dispuestos a abrirse a los valores de los jóvenes sin dejar de ser adultos, actuando con firmeza y con adecuada discriminación de planos de responsabilidad. (Res.1593/02)  

 

Actores Sociales

Los adolescentes

• Los adolescentes constituyen el grupo protagónico del quehacer de toda la comunidad educativa, porque ésta conforma, en esencia, el centro de enseñanza y aprendizaje especializado en la formación de la persona que vive esta edad. Ello lleva a la tremenda responsabilidad que tienen los adolescentes frente al cúmulo de expectativas que promueve su sola existencia y a la que debe responder.  Esta es la inicial responsabilidad que deberá asumir el alumno del Instituto, para procurar, luego, el éxito en lo que emprenda, sabiendo que el estudio es, nada más y nada menos, su trabajo específico como estudiante.

• El comportamiento del adolescente de la Escuela Secundaria comprende dos aspectos: el uno se refiere a su dedicación al estudio; el otro, a su conducta, tanto individual como social, dentro de la comunidad educativa de la que forma parte y del medio en que actúa.

•  El segundo de los aspectos señalados –la conducta– requiere un tratamiento similar al anterior, según sea un adolescente que se adapte naturalmente a la convivencia dentro del grupo clase y del grupo escuela, o un adolescente al que le resulta difícil convivir con sus semejantes o a éstos con él. Los casos de inadaptación evidente y manifiesta se muestran tanto en aquéllos que, sin ser díscolos, no se adaptan al grupo, como en quienes, con su comportamiento negativo, se constituyen en elementos disociadores. En ambos casos, el Instituto efectúa el diagnóstico, pero la solución, para que resulte favorable a la mejor formación del adolescente, también en este caso deberá ser procurada, de común acuerdo, entre la escuela y el hogar 

• El cuidado del comportamiento de los alumnos se extenderá más allá de los límites físicos del Instituto, mientras se encuentren representándolo, estén desarrollando actividades vinculada a él, o, simplemente, se hallen matriculados como alumnos regulares del establecimiento. 

• Aún cuando no se den los supuestos señalados en el punto anterior, aquellos alumnos que –fuera del establecimiento– protagonicen hechos que denoten comportamientos sociales negativos o intervengan en ellos, serán objeto de observación por parte de las autoridades del establecimiento y podrán ser sancionados cuando esos hechos señalen notas que configuren –o puedan configurar– un descrédito para la condición de estudiante o para el propio Instituto. 

• Las faltas de disciplina de los alumnos se anotarán en registros especiales y se comunicarán al hogar. Por estas faltas, además, los alumnos podrán ser observados o sancionados por no cumplir con las normas de convivencia.

• La presentación, el aseo personal y la vestimenta de los alumnos serán especialmente observados como aspectos integrantes de su personalidad, con incidencia en la relación con sus semejantes. 

• Una de las enseñanzas que el Instituto brinda y que los alumnos deben aprender razonadamente es la relacionada con las modas. En este punto nos referimos a lo que tiene que ver con la presentación personal y con la vestimenta de los adolescentes. En el caso de los varones, por ejemplo, deberán abstenerse de usar collares, pulseras, aros, y cualquier otro elemento no contemplado en el uniforme reglamentario.  Asimismo, no utilizarán cabellera excesivamente larga, “colitas”, trenzas, permanentes y matizadores.

• En cuanto a las alumnas, deberán estar atentas a las agresividades y tentaciones de la sociedad de consumo, que las sorprende y les distorsiona su personalidad, su mente, su intimidad, y hasta su femineidad. Así, se acuerda en que las alumnas deberán utilizar uniforme reglamentario y las demás prendas de vestir se caracterizarán por la sencillez y el decoro; en cuanto a su presentación no deberán utilizar pinturas, ni tinturas; ni bijouterie a excepción de aretes individuales pequeños, no colgantes en el lóbulo de la oreja.

• Con lo expresado en estos apartados se quiere transmitir, con ejemplos concretos, sin ambigüedades y llamando a las cosas por su nombre, que el Instituto está empeñado en fortalecer la personalidad de sus alumnos, en jerarquizar su condición de estudiante –que es un real privilegio– y en evitar toda situación de agresividad que marque enojosas diferencias y moleste a la buena convivencia que se quiere resguardar.

• Muy unido a lo dicho sobre la vestimenta y en directa relación con ella, los alumnos del Instituto serán celosos custodios de su pulcritud y su higiene personal que constituyen, también, aspectos de la convivencia, pues señalan la necesidad de consideración que debe tenerse del prójimo, comenzando por el respeto y la estima a uno mismo. 

• Todo cuando se expresa en este título y toda otra cuestión que tenga vinculación con el comportamiento de los alumnos imponen una cuidadosa sistematización de la comunicación entre el Instituto y el hogar de los estudiantes. Para ello, el establecimiento implementará y mantendrá siempre vigente metodologías de comunicación, fluidas, rápidas, precisas y documentadas. 

• Los padres, por su parte, tendrán la obligación de notificarse y atender esas comunicaciones, coadyuvar para que las directivas dadas por el establecimiento sean observadas en tiempo y forma y concurrir a la sede del Instituto toda vez que lo deseen y lo estimen oportuno o cuando se los cite en relación con novedades que se observen en el comportamiento de sus hijos. 

 

Los adultos: Personal docente, no docente y familiares de los estudiantes 

• El personal directivo del Instituto definirá y enriquecerá de continuo el marco de referencia dentro del cual todos los miembros de la comunidad educativa desarrollarán su personalidad, perfeccionándola, ejercitarán sus derechos y cumplirán sus obligaciones, con observancia de estas pautas y todas aquellas reclamadas por las sanas costumbres y una armoniosa convivencia.

• Los docentes –y en general, las personas mayores que actúan en el establecimiento– harán de su comportamiento social paradigmas de conducta. Asumirán sin claudicaciones la docencia natural que deriva de cada cual respecto de sus semejantes y, muy significativamente, cuando se actúa en un centro educativo donde se forma a las jóvenes generaciones.

• Las familias de los estudiantes armonizarán sus intereses con las modalidades propias del Instituto, al que habrán elegido para sus hijos. Ante la menor duda al momento de la inscripción, con respecto a la factibilidad de armonizar con el Instituto sus deseos y propósitos, los padres recurrirán a las autoridades del establecimiento en procura de superar los posibles desajustes que se presentaren.  Del diálogo que mantengan entonces con los directivos, sacarán sus conclusiones y adoptarán luego, con plena responsabilidad y total derecho, las actitudes que consideren como las mejores para el bien de sus hijos, cuya educación esencial les compete intransferiblemente. 

 

Ámbitos y sectores

La armonía en la convivencia que se persigue asegurar entre todos los miembros de la comunidad educativa, hallará sus manifestaciones más precisas y directas en el seno de los distintos ámbitos escolares y sectores de trabajo.

En orden a esta sectorización de la convivencia, como medios idóneos para alcanzar la armonía deseada en toda la comunidad educativa, se atenderá a estas precisiones: 

• El gobierno escolar será de tipo democrático, con acción operativa descentralizada y, consiguientemente, responsabilidad ejecutiva individualizada. 

• Cada miembro de la comunidad educativa deberá conocer no sólo sus derechos y deberes, sino los del resto de sus miembros, única forma de compatibilizar las tareas y responsabilidades individuales. 

• La supervisión a cargo del personal directivo de toda la tarea escolar será continua, sistematizada y orientadora. Se dará preferente importancia a la presencia cotidiana del personal directivo en las distintas clases, a las críticas pedagógicas que de esas clases se realicen, al control de la documentación, al uso adecuado de los cuadernos de actuación profesional y laboral y a la emisión de los conceptos anuales. 

• La base de los frutos positivos que recojan del proceso de enseñanza–aprendizaje, estará dada por la calidad del diálogo pedagógico que se da en clase entre los protagonistas de dicho proceso (profesor–alumno). 

• La organización y el funcionamiento del Instituto, tanto en sus aspectos pedagógicos como en los restantes, contemplará las bondades del trabajo en equipo, a partir de la definición que este concepto tiene y con reconocimiento de las dificultades que suele presentar esta forma participativa de encarar la tarea.  

• Las autoridades del establecimiento programarán, en forma periódica y planificada, reuniones generales y sectoriales con la participación de los distintos miembros de la comunidad educativa. 

 

Pertenencia

Como uno de los medios más aptos para favorecer la convivencia, se promoverá, en todos los miembros de la comunidad educativa, un sano y profundo sentimiento de pertenencia respecto del Instituto, de manera que ninguno de sus miembros se sienta extraño en él, sino partícipe de su proyecto educativo y de su historia. 

 

CRITERIO Y PROCESO DE ELABORACIÓN

Criterio:

El hombre es un ser sociable por naturaleza y para vivir en comunidad necesita de normas que generen un orden, que permita desarrollar a cada uno de los miembros sus potencialidades y vivir libremente, sabiendo que su libertad termina donde comienza la de los demás. Por lo tanto, en una comunidad educativa como la nuestra, las normas tienen como objetivo facilitar y ayudar a concretar el logro de la actividad escolar. Serán válidas si ayudan a enseñar y a aprender con calidad y espíritu humanístico y cristiano. Las normas resultan un factor decisivo en el aprendizaje democrático contribuyendo a la formación integral del adolescente.

Pero esto implica concebir la convivencia a partir del reconocimiento de los derechos y obligaciones de cada integrante de la institución, respetando sus diferencias y “tomando decisiones tendientes a una convivencia plural, democrática e inclusiva”.

Para su construcción y confección entendimos que resulta imprescindible la necesidad de la participación real y dinámica de toda la Comunidad Educativa, creando espacios en donde tengan lugar el debate, la deliberación y finalmente la definición de acuerdo con el mayor consenso posible.

​

Proceso:

  • Revisión del Ideario vigente.

  • Estudiamos la Res. 1709/09 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Bs. As. Para hacer los ajustes correspondientes.

  • Reflexión sobre lo elaborado y la situación de los diferentes actores de la comunidad - especialmente los adolescentes-, teniendo muy en cuenta la realidad socioeconómica en que está inserta nuestra Institución. Esta tarea estuvo a cargo del Equipo directivo.

  • Consulta a docentes: Se solicitó a los docentes entregar por escrito al equipo directivo sus propuestas de modificación al Proyecto AIC. Las mismas fueron leídas en su totalidad y resumidas para su consideración por parte de las autoridades del establecimiento en la conformación del presente documento.

  • Consulta a los alumnos: Todos los alumnos del instituto fueron convocados a participar por medio de la propuesta en la elaboración del presente Acuerdo.

En espacios curriculares determinados por la Dirección se trabajó como contenido el Acuerdo, para luego de su análisis elaborar las propuestas de modificación que los alumnos consideraren. Las mismas fueron canalizadas por medio de representantes de curso quienes las entregaron al equipo directivo.

  • Consulta a los padres: Por medio de una circular enviada a cada familia se invitó a los señores padres de los alumnos del establecimiento a acercar al mismo las propuestas que consideraran. Las mismas fueron tomadas en su totalidad por el equipo directivo.

Como comunidad educativa entendemos que una convivencia acordada necesita de la participación amplia en la elaboración de normas que luego nos rigen a todos quienes convivimos en la escuela. Además entendemos este proceso como fundamental para que cada uno pueda desarrollar un sentimiento de apropiación de este Acuerdo, y que de este modo dotarlo de fortaleza y legitimidad, fundamentales para constituirse en el instrumento que deseamos para nuestra Institución.

 

CUERPO DEL DOCUMENTO

Normas

En el marco de los conceptos expuestos en los apartados anteriores, el Instituto María Madre Nuestra se propone trabajar en forma activa en pos del logro de situaciones consideradas deseables, es por ello que estimula ciertas conductas. Al mismo tiempo, este Acuerdo marca un límite explícito al desarrollo y tratamiento de la convivencia. Fuera de esos límites se hallan conductas que consideran negativas y que por lo tanto se pretende desalentar. A título de ejemplo mencionaremos algunas de ellas:

• Respeto a los símbolos patrios. Reconocernos todos como parte integrante de una comunidad más amplia, en este caso nuestra Nación.

• Respeto entre y hacia quienes conforman la comunidad educativa, adultos y jóvenes, en tanto sujetos dignos y poseedores de derechos.

Es por eso que todo tipo de actitud irrespetuosa, de agresión física o verbal queda fuera de los límites establecidos para la convivencia.

• Valorar el marco común al que acordamos pertenecer, en este caso esta escuela, como poseedora de principios fundacionales que le otorgan identidad, y como un ámbito donde las normas otorgan la posibilidad de reconocer los límites necesarios para el desarrollo personal. Aquí también se enmarca el debido respeto y cumplimiento de aquellas leyes, resoluciones y disposiciones que conforman el marco normativo de la vida escolar.

  • El incumplimiento de las pautas de presentación personal y uso del uniforme reglamentario, el uso de elementos no permitidos, el cuestionamiento por fuera de las formas y de los canales pertinentes a la autoridad no dan cuenta de la adhesión a esos principios, que en virtud de este Acuerdo se establece.

• Valorar a la persona con quien se convive como merecedora de cuidado y atención.

  • Se considera una falta a este respecto el atentar contra la propia seguridad o la de otros miembros de la comunidad; la irresponsabilidad en las actitudes y procederes; las manifestaciones que atenten contra el pudor; la utilización de léxico inapropiado en el ámbito escolar.

• Respeto a las opiniones ajenas. Pretendemos que en nuestra escuela la comunicación entre quienes conviven en ella permita que todas las personas se sientan respetadas en sus derechos y con la posibilidad de expresarse en el marco de la corrección y el respeto a los demás. Respeto por las tareas de los demás.

  • Por ello los dichos o respuestas no respetuosos, agresivos, o discriminatorios se consideran faltas, que dificultan o impiden este propósito.

  • Respeto por la intimidad, la integridad y el pudor de las personas en el uso de imágenes y mensajes respecto de la exposición en redes sociales, grupos de conversaciones (chats) y otros medios de comunicación.

 

  • Porque constituye una falta grave y hasta muy grave utilizar tales medios para burlar, desacreditar, injuriar, amenazar, acosar, difundir información y/u opiniones agraviantes u otros por medio de mensajes y/o imágenes; así como manifestarse grosera y agresivamente en tales medios y de tales formas o de otras promoviendo la violencia y/o la discriminación; tomar y publicar imágenes escolares sin autorización expresa de las autoridades escolares, tomar y publicar imágenes de personas en el ámbito escolar (o privados con los fines y modos antedichos); grabar y/o transmitir audios y/o videos de situaciones dentro de la actividad escolar; difundir cualquier contenido que atente contra la moral y las buenas costumbres, implicando para quien incurriere en esta clase de falta la sanción que correspondiere y la obligación de retractarse en los mismos medios utilizados.

 

• Respeto por parte de los jóvenes del esfuerzo de sus padres. Se pretende una actitud en la escuela que dé cuenta de dicha valoración, donde se busque la superación personal.

  • El desinterés por la actividad escolar, el no cuidado del tiempo, de los objetos, de las tareas son una falta a ese respeto.

• Cuidado de las pertenencias propias y ajenas. Cuidado de las instalaciones, equipamiento y mobiliario escolar.

  • Se considera una falta grave la sustracción de pertenencias ajenas, como así también la destrucción intencional de objetos materiales, ya sean propios, pertenecientes a otras personas o a la Institución escolar. La utilización sin el debido cuidado de los nombrados elementos se señala también como un tipo de conducta fuera de lo acordado.

• Interés y contracción al estudio y al trabajo en equipo.

  • Por ello se señalan como faltas las acciones que interrumpen el trabajo en clase, que dificultan la necesaria concentración en tarea, como por ejemplo utilizar en clase dispositivos destinados al entretenimiento, o que impiden un trabajo en equipo.

• Se pretende estimular la sinceridad y solidaridad en todos los actos.

  • Por ello se desalienta la falta de sinceridad en palabras y actitudes, o bien la falta de solidaridad. 

• Responsabilidad, compromiso y puntualidad en el cumplimiento de las tareas.

  • Se consideran entonces fuera de lo acordado las reiteradas impuntualidades y/o inasistencias a clase sin un motivo que las justifique.

 

Medidas y mecanismos de aplicación

Principios

Las normas de convivencia contenidas en este acuerdo tienen como finalidad ayudarnos a aprovechar los beneficios que ofrece la escuela como casa de estudio y mejorar la convivencia.

Se aplican en tres momentos:

Como prevención: nos ayudan a prepararnos a los alumnos y educadores para el autogobierno a través del esclarecimiento de lo que esperamos unos y otros en nuestra sociedad educativa.

Como acción educativa: nos ayudan a todos, principalmente a los directivos, docentes y padres a ser guías de los alumnos, en especial cuando es necesario reconocer logros o hacer tomar conciencia sobre la necesidad de corregir un comportamiento.

Como acción de reparación o compensación: para cuidar el clima de convivencia y estudio que todos necesitamos en la escuela, previendo las sanciones para los comportamientos que ponen en riesgo esos valores de convivencia y estudio.

 

Los Acuerdos Institucionales de Convivencia respetan los siguientes principios: 

− Equidad: la valoración de este concepto permite evitar preferencias, privilegios, marginaciones.

− Gradualidad: la aplicación de sanciones evitará resoluciones abruptas e irreversibles y guardará proporción entre la falta y la sanción 

− Contextualización: Se considera el contexto que da origen y sentido: condiciones personales, sociales, ambientales e históricas de todos los actores involucrados en la transgresión.  

 

Criterios básicos con relación a las sanciones

− Reconocer el conflicto como inherente a las relaciones humanas, y privilegiar la implementación de estrategias de prevención y de tratamiento adecuado del mismo.

− Valorizar el contenido pedagógico y reparador de las sanciones que se adopten por transgredir las normas de convivencia.

− Contextualizar las transgresiones de acuerdo con el rol, las circunstancias, la historia institucional y personal y la edad del actor o los actores. 

− Ser ecuánime en el juicio.

− Permitir el derecho a la defensa, para que los actores de una situación conflictiva tengan la oportunidad de dar su versión y, si hubo falta, reconocerla, reflexionar sobre el daño ocasionado y hacerse cargo de la reparación.

− Promover la reparación del daño y del desagravio, según se trate del orden material o moral.

− Valorizar el reconocimiento del error, como instancia importante en la modificación de conductas futuras.

− Fijar la gradualidad y personalización en la implementación de las sanciones, teniendo en cuenta la edad, el nivel de madurez, cada historia particular y la respuesta a señalamientos anteriores.

− Privilegiar el diálogo como estrategia para la resolución de conflictos y corrección de conductas.

− Promover la diferenciación de roles. Los adultos no deben delegar su responsabilidad con referencia a la conducción del proceso y la formación integral de los alumnos, y deberán ser “modelos positivos” en su accionar cotidiano respecto a los valores y conductas que se pretenden desarrollar y estimular en los alumnos.

− Contemplar el apoyo de profesionales especializados, del propio sistema educativo o de otro ámbito para atender las problemáticas que así lo requiera.

 

Sistema de Sanciones:

La sanción tiene una finalidad educativa. Es una señal, una apelación a una respuesta positiva. Cada sanción requiere una instancia de reflexión, porque la finalidad no es castigar, sino promover una toma de conciencia y un cambio de comportamiento.

Para que la aplicación de sanciones resulte constructiva, los educadores necesitamos:

  1. Hacer un análisis sereno de la situación.

  2. Ayudar a quien ha transgredido una norma de este acuerdo, a tomar conciencia de las consecuencias de su comportamiento para los otros y para sí mismo, así como el valor que se encuentra detrás de la norma mediante la reflexión.

  3. Escuchar con oído y corazón lo que este tenga que decir como descargo.

  4. Evaluar la gravedad de la falta, las consecuencias reales, el grado de negligencia y premeditación.

  5. En caso de faltas graves convocar al Consejo de Convivencia para analizar la situación y asesorar a la Dirección.

  6. Aplicar las sanciones correspondientes con firmeza con el mal comportamiento y cuidado amoroso de la persona que se está educando.

  7. Documentar y comunicar fehacientemente las medidas, reparaciones o acciones correctivas al alumno y a sus padres, por los medios habituales.

  8. Hacer un seguimiento del caso, y ante un cambio positivo de comportamiento hacer un reconocimiento expreso.

 

La prevención como herramienta de una convivencia armónica

El Instituto adopta como lineamiento general, una política preventiva basada en los principios, criterios y pautas institucionales contenidos en el presente documento.

Además, antes de la aplicación de sanciones, se deberán implementar en aquellas faltas leves, los siguientes pasos:

Las faltas se clasifican en: Leves, Graves y Muy Graves. Se registrarán por escrito en las fichas DTS (Detección Temprana y Seguimiento) y serán notificadas a las familias mediante el Cuaderno de Comunicados en el apartado de llamados de atención.

Puede aplicar la sanción el personal directivo, docente y preceptores, quienes oportunamente conversarán con el alumno para reflexionar sobre el particular.

 

Faltas Leves:

Se sancionarán con Observaciones Simples o Llamados de Atención:

Son las que alteran levemente la convivencia escolar, como la impuntualidad, faltas en la presentación personal, incumplimiento de tareas, distracciones en clase y formaciones, y similares.

Serán de carácter acumulativo.

            Faltas Graves:

Se sancionarán mediante Apercibimientos y suspensiones:

Son las que representan una alteración importante del orden de la convivencia escolar y una transgresión a los AIC pudiendo poner en riesgo su propia seguridad, la de sus pares y/o de la institución. Por ejemplo: Evadir horas de clase, falta de respeto a los símbolos patrios y religiosos, o bien se alcanzan por acumulación y reiteración de faltas leves.

Se registrará por escrito y se confeccionará el parte de apercibimiento correspondiente.

Tendrá carácter acumulativo, siendo el máximo de 25 apercibimientos por ciclo lectivo.

Es un severo llamado a la reflexión.

Los apercibimientos se aplicarán de acuerdo a la gradualidad explicada más adelante:

  • Automáticamente, a cargo del preceptor, por reiteración y acumulación de observaciones, o

  • En caso de falta grave, a criterio del Equipo Directivo.

Las suspensiones se aplicarán, también de acuerdo a la gradualidad explicada más adelante:

  • Automáticamente, a cargo del preceptor, por reiteración y acumulación de apercibimientos, o

  • En caso de falta grave, a criterio del Equipo Directivo.

        

          Faltas Muy Graves:

Se sancionarán con Apercibimiento Grave:

Son las que superan la tolerancia de la comunidad educativa. Son aquellas que atentan contra la moral, el respeto institucional, su integridad física, psíquica y los valores cristianos sustentados en el Ideario Institucional.

Se considerarán faltas muy graves, la agresión verbal a cualquier autoridad del establecimiento, la agresión física entre pares y otras similares cuya gravedad será considerada por el Equipo Directivo en consulta permanente con el CIC.

De no existir sanciones graves previas, se sancionarán como Apercibimiento Grave y suspensión, y obligará a la firma del Acta de Compromiso N°1.

De existir sanciones graves previas se sancionará como Apercibimiento Grave y suspensión y el Instituto se reservará el derecho de matrícula para el ciclo lectivo siguiente.

 

Proceso y gradualidad de las sanciones a aplicar

  • Observación y consideración de la falta.

  • Entrevista y reflexión con él o los involucrados.

  • Registro en la Ficha de Detección Temprana y Seguimiento y en la Libreta de Comunicaciones. Las faltas leves serán sancionadas como observaciones o llamados de atención escritos en la Ficha de Detección Temprana y Seguimiento y en la Libreta de Seguimiento Escolar.

  • Cuando un alumno acumule tres (3) llamados de atención por el mismo motivo o cuatro (4) por distintas causas será merecedor de dos (2) apercibimientos, que se registrarán en le ficha DTS y se comunicarán a la familia mediante el parte de apercibimientos.

  • Sobre la sanción anterior, cada 3 (tres) llamados de atención por el mismo motivo o cuatro (4) por distintas causas, se sancionará con la siguiente cantidad creciente de apercibimientos: tres (3), cinco (5), Suspensión (por alcanzar los 10 apercibimientos), cinco (5), cinco (5) y continuando como se detalla más abajo.

  • La reiteración de faltas leves y/o la ocurrencia de faltas graves o muy graves, obligan a la entrevista con los familiares responsables.

  • Tanto docentes como preceptores establecerán entrevistas con los familiares responsables de los alumnos cuando los registros de la ficha DTS permitan apreciar problemáticas de relativa gravedad a corregir, no solo con el fin de comunicar, sino especialmente en la búsqueda de acciones conjuntas (familia – escuela) que permitan ayudar al alumno a cambiar actitudes o conductas.

  • Cuando fuera pertinente (a criterio del E.D. y del Consejo Institucional de Convivencia, CIC) se invitará a realizar acciones reparadoras, morales o materiales, con el fin de brindar oportunidades de redención.

  • Con diez (10) apercibimientos acumulados, corresponderá una suspensión de uno a tres días con o sin asistencia a clases, según el motivo y gravedad de la falta y a criterio de la Dirección, y se deberá citar a los familiares responsables para la firma del 1er. Acta Compromiso (compromiso a cambiar de actitud).

  • De alcanzar los veinte (20) apercibimientos, corresponderá una suspensión de uno a tres días con o sin asistencia a clases, según el motivo y gravedad de la falta y a criterio de la Dirección y se firmará con la familia la 2° Acta de Compromiso donde la Institución podrá recomendar a la familia el cambio de escuela y se reservará el derecho de renovar la matrícula para el próximo ciclo lectivo.

  • A partir de los veinte (20) apercibimientos, cada llamado de atención equivaldrá a un (1) apercibimiento.

  • El límite máximo de apercibimientos será de veinticinco (25). Alcanzar este límite constituye Falta Muy Grave y, por lo tanto, el instituto comunicará a la familia que se reserva el derecho de renovar la matrícula para el ciclo lectivo siguiente.

Cuando se produjera una falta al Acuerdo en hora de clase u otros espacios y por cuestiones propias de los alumnos no pudiera identificarse a los responsables, la responsabilidad del hecho le corresponderá a todos los integrantes del grupo y por lo tanto, todos serán pasibles de la sanción que corresponda según la gravedad de la falta y a criterio de la Dirección.

El presente acuerdo no pretende constituirse en código alguno, por lo que la resolución de toda situación no contemplada en el mismo quedará a criterio del Equipo Directivo en comunicación con la RL, pudiendo la Dirección convocar al C.I.C. a los efectos de analizar la situación y las medidas a tomar en casos especiales.

Consejo Institucional de Convivencia

El CIC estará integrado por 2 (dos) representantes del alumnado, 1 (uno) representante del cuerpo de preceptores por cada turno, 2 (dos) del cuerpo de docentes, 1 (uno) docente asignado por las Autoridades del Establecimiento, 2 (dos) padres o tutores de los alumnos y 1 (uno) directivo. Es decir, estará integrado por un total de 9 (nueve) miembros titulares. A cada titular le corresponderá un suplente. Los representantes titulares y/o suplentes serán designados democráticamente por sus pares.

Estos integrantes evaluarán los casos y propondrán la aplicación de sanciones, dentro de un tiempo prudencial, y en virtud de la celeridad que en cada caso deba imprimirse a la toma de decisiones. Siempre remitiéndose al marco jurídico y normativo que regula los A.I.C.

Las propuestas del Consejo serán no vinculantes, y en caso de ser necesario la aplicación de sanciones será efectuada por el Equipo Directivo.

El CIC se reunirá sistemáticamente para realizar sesiones ordinarias una vez cada 45 días durante el ciclo lectivo. Tiene por objetivo servir de consultor ante situaciones consideradas grave o muy grave.

Cuando la Dirección y/o los actores instituciones lo crean pertinente, pueden realizarse sesiones “extraordinarias”: teniendo en cuenta las situaciones surgidas y su complejidad.

Presidirá las reuniones un Directivo.

 

  • Funciones del C.I.C.

    • Deliberar y decidir acerca de todas las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación del A.I.C.

    • Investigar sobre las sanciones aplicables a los casos de inconductas graves o que involucren a más de un miembro de la Comunidad.

    • Opinar y aconsejar a la Dirección, constituyéndose en un órgano asesor y de consulta en el marco de un espacio de diálogo, intercambio, reflexión y participación, de carácter fundamentalmente preventivo y propositivo.

      • Recibir las denuncias contra miembros de la Comunidad que se formulan por sus propios integrantes o por terceros.

      • Separación definitiva de un alumno.

      • Renovación de vacante para el siguiente ciclo lectivo por falta muy grave o por acumulación de faltas graves.

    • Reducir las diferencias entre sus integrantes, cuando estas surjan, mediante el análisis cuidadoso de la situación, buscando la verdad y tratando de llegar a resoluciones consensuadas.

    • Acompañar con su firma en un Acta las medidas disciplinarias que la Dirección tome con su apoyo y conformidad.

 

  • Asociación de estudiantes

Constituida por dos alumnos de cada año, elegidos por sus compañeros, en forma provisional hasta tanto se elabore el Estatuto definitivo y deje de regir el provisorio.

Esta Asociación cuenta con el acompañamiento y la orientación de la Dirección del Colegio sin influir en sus decisiones.

Se aspira a que el alumno delegado conforme un perfil que lo muestre: 

− Solidario: Porque será sensible a las necesidades del grupo que representa y tendrá un accionar en procura del bien común. 

− Comunicativo: Porque actuará frente a las autoridades de la comunidad educativa como transmisor del sentir adolescente. 

− Respetuoso y sereno: Porque expresará con claridad, precisión y sensatez, las problemáticas, inquietudes y aspiraciones de sus pares. 

− Ecuánime: Porque deberá ser capaz de debatir con fortaleza y convicción sus posiciones, pero con apertura frente a posturas opuestas. 

− Creativo: Porque colaborará en la búsqueda de soluciones de las situaciones conflictivas que perturben la convivencia dentro de la comunidad educativa. 

Tratarán temas referidos a sus necesidades en conjunto con los docentes y preceptores de cada año. Serán voceros de las inquietudes de sus compañeros de curso ante el equipo directivo. Dos de ellos, elegidos por sus pares, representarán a este grupo en el Consejo de Convivencia.

 

  • Asociación de Padres de Familia

Estará conformada por aquellas madres y aquellos padres que quieran colaborar con el Instituto en la instrumentación del Acuerdo Institucional de Convivencia y aquellas propuestas que hagan al crecimiento institucional para el bien de sus hijos.

 

Instancias de revisión y ajuste

El seguimiento y la evaluación de las presentes normas de convivencia serán realizados en forma permanente por los distintos representantes de la comunidad educativa en función de sus roles específicos, quienes podrán proponer ante las autoridades de la escuela las modificaciones y ajustes que la experiencia de ejecución reclame.

La Dirección canalizará hacia el Consejo Institucional de Convivencia los ajustes propuestos a las Normas. El tratamiento de las propuestas que hubiere será del siguiente modo:

• En la reunión del Consejo Institucional de Convivencia de cierre del ciclo lectivo se dará tratamiento a la propuesta elevada, la que requerirá de mayoría absoluta para su aprobación en esta instancia.

• Este dictamen se elevará a las autoridades de la escuela, para su aprobación final.

• En el caso de aprobación de modificaciones o ajustes las mismas se implementarán en el ciclo lectivo siguiente.

 

Revisión Del Acuerdo Institucional De Convivencia

Este Acuerdo será implementado a partir de su aprobación definitiva por parte de las autoridades educativas de la Provincia de Buenos Aires.

A partir de esa fecha tendrá una vigencia de 2 (dos) años, como está previsto en la Resolución 1709/09.

Los miembros del Consejo Institucional de Convivencia tendrán a su cargo la revisión del Acuerdo cada dos años y su ajuste en caso de ser necesario.

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Equipo Directivo

Nivel Secundario

Instituto María Madre Nuestra

Alberti – Pilar

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